De créditos da clic en el siguiente botón
Monto: hasta un (1) salario básico mensual del asociado o hasta cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
Destino: Libre inversión.
Apalancamiento: hasta ocho (8) veces la sumatoria de los saldos de Aportes Sociales, Ahorro Permanente y Ahorro contractual descontando los saldos de los créditos adquiridos
Plazo: Depende del monto solicitado (Ver Cuadro Anexo No. 2).
Tasa de Interés: Depende del monto solicitado (Ver Cuadro Anexo No. 2).
Interés de mora: la tasa máxima permitida por la ley en el momento en que se presente la mora.
Modalidad de cuota: constante, de acuerdo con el plazo establecido para el crédito.
Forma de pago: por deducción de nómina, según la periocidad de pago establecida por la empresa pagadora; o por taquilla, en cuotas mensuales sucesivas. La forma de pago será definida por el ente aprobador, de acuerdo con las condiciones económicas del asociado solicitante.
Garantías: Pagaré en blanco con carta de instrucciones.
Codeudor Solidario: Esta garantía será exigible cuando la sumatoria de aportes y ahorros obligatorios no cubra la sumatoria de créditos a cargo del deudor, incluida la nueva solicitud. El codeudor podrá ser un asociado de FEADE o un tercero no asociado. Si el codeudor es asociado, deberá acreditar un endeudamiento menor al 50% del salario básico mensual que percibe y deberá presentar saldo a favor equivalente al monto que va a avalar. Si el codeudor no es asociado, deberá acreditar vinculación laboral superior a dos (2) años, contrato a término indefinido, salario básico mensual superior a dos (2) SMMLV, reporte favorable de la central de riesgo y capacidad de endeudamiento.