Asociado
Fondo de empleados FEADE
En el Artículo 12 de los Estatutos internos determina el vínculo de asociación y los requisitos de ingreso:

las sumas correspondientes para cubrir el valor de todas las obligaciones económicas que adquieren los asociados en virtud de su vinculación. En el caso de los asociados pensionados o jubilados o sustitutos de las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, la Junta Directiva reglamentará el pago de las obligaciones económicas.
D. Comprometerse a cumplir los deberes y obligaciones que señala la Ley y los presentes Estatutos.
E. Ser aprobada su solicitud de ingreso por parte de la Junta Directiva.
Si cumples con estos requisitos te invitamos a que te coloques en contacto con el Fondo para que seas parte de esta gran familia