Monto: hasta el valor de la prima de servicios menos el total de intereses que puedan generarse durante el plazo solicitado.
Plazo: hasta el pago de la prima por parte de la empresa pagadora.
Tasa de Interés: Ver cuadro anexo No. 2.
Interés de mora: la tasa máxima permitida por la ley en el momento en que se firma el contrato de crédito.
Forma de pago: una (1) sola cuota, por la suma de capital e intereses, al momento del pago de la prima por parte de la empresa pagadora.
Garantías: Pagaré en blanco con carta de instrucciones.
Codeudor Solidario: Esta garantía será exigible cuando la sumatoria de aportes y ahorros obligatorios no cubra la sumatoria de créditos a cargo del deudor, incluida la nueva solicitud. El codeudor podrá ser un asociado de FEADE o un tercero no asociado. Si el codeudor es asociado, deberá acreditar un endeudamiento menor al 50% del salario básico mensual que percibe y deberá presentar saldo a favor equivalente al monto que va a avalar. Si el codeudor no es asociado, deberá acreditar vinculación laboral superior a dos (2) años, contrato a término indefinido, salario básico mensual superior a dos (2) SMMLV, reporte favorable de la central de riesgo y capacidad de endeudamiento.